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ARTICULO DE NUESTRO GABINETE JURÍDICO

El semanario económico “El economista.es” del pasado día 2 de abril publica un artículo con el título “La Justicia de la UE avala la licencia nacional y municipal para el alquiler turístico” que viene referido a un informe del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Michal Bobek, en sus conclusiones de 2 de abril de 2020, en las que concluye que «las legislaciones nacionales de los Estados de la Unión Europea (UE) pueden someter a autorización el arrendamiento turístico..” así como que “Los propietarios que deseen arrendar sus inmuebles amueblados durante breves períodos de tiempo, el conocido como arrendamiento turístico, deben seguir un procedimiento administrativo para obtener del alcalde una autorización formal.”, afirmaciones válidas para otros estados de la Unión Europea.

En España estas autorizaciones están encomendadas por la Constitución a las CC.AA., cuyos procedimientos se ajustan a la Directiva de Servicios, al haberse introducido la declaración responsable.

El citado artículo de prensa indice a confusión al hablar de “licencias nacionales y municipales”, lo que resulta desmentido por nuestra asesoría jurídica en el sentido que, el procedimiento actual no resulta afectado por dicho informe del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Cuestión distinta es la competencia municipal para ordenar los usos del suelo y edificaciones que actualmente se esta cuestionando de forma que a través del planeamiento general o de ordenanzas municipales se pueda limitar el uso en determinadas zonas, como lo han hecho los Ayuntamientos de Madrid, Bilbao y San Sebastían, que por considerar atenta contra la libertad de empresa y la libre competencia, tiene impugnado la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia.

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